jueves, 17 de abril de 2014

La reforma tributaria y el debate constitucional

Durante las dos últimas semanas, distintos columnistas, académicos y políticos de derecha vienen anunciando la posible incompatibilidad de la reforma tributaria, que impulsa el gobierno de Michelle Bachelet, con la Constitución Política de la República.
En ese sentido, Rodrigo Delaveau, en una columna reciente, luego de advertir sobre algunas posibles inconstitucionalidades del proyecto tributario en cuestión, señala a modo de cierre que: “La Constitución es una expresión sobre consensos mínimos sobre cómo limitar el poder del Estado en favor de las personas y sus derechos y no un instrumento de solución de políticas públicas específicas”.
Junto con disentir del concepto de Constitución del columnista precitado (cosa en la que no me extenderé por no ser el objeto de la presente columna), anotaré dos aspectos que saltan a la vista como evidentes de los argumentos que ha esgrimido y finalizaré con un comentario sobre la estrategia que está desplegando la derecha en lo concerniente a este punto.
Un primer aspecto a destacar de los argumentos que se desprenden de la opinión del columnista y de otros representantes de la derecha, es que para ellos la Constitución Política (en términos abstractos) tiene como función proteger a los ciudadanos del supuesto poder opresor del Estado, el que en el contexto actual, sólo se entiende como una protección para un grupo de privilegiados  sobre la voluntad de las mayorías. Para justificar dicha concepción, parten de la base que la actual Constitución es fruto de un consenso y que su legitimidad viene dada del ejercicio del poder democrático desde 1989.
El argumento anterior presenta claros problemas lógicos. Junto a las dificultades obvias de legitimidad de origen de la actual Constitución, cabe agregar que la actual Constitución define y defiende un tipo de Estado que podríamos caracterizar por su carácter neoliberal. Ello implica una construcción teórica, normativa y operacional, que se encuentra lejos de ser un consenso mínimo. Nuestra Constitución Política es un claro ejemplo de lo que el famoso jurista Alemán Karl Loewestein entendía por una Constitución ideológica, que en este caso corresponde a una Constitución con un claro programa neoliberal. Dicho lo anterior, la idea de que la Constitución debe ser un consenso de mínimos no parece cumplirse en el caso chileno. Se trata más bien, de una carta fundamental que posee un contenido cargadamente ideológico (neoliberal), que ha sido impuesta por una minoría -también ideológica- y que no permite el ejercicio legítimo del principio democrático.
Como segundo aspecto, comparto la idea de que la Constitución no debe propender a contener en su seno soluciones de políticas públicas específicas. Sin embargo, la contradicción del columnista en este punto es flagrante. La actual Constitución, contiene claramente una guía económica para el Estado, lo que han llamado –algunos- un orden público económico refundacional del capitalismo o derechamente neoliberal. Así la Constitución es famélica en la protección de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales y, por el contrario, robusta en la protección de la propiedad privada y las libertades económicas.
Asimismo, la Constitución se encuentra inspirada por el principio de subsidariedad y, por ende, rechaza implícitamente la actuación del Estado en la economía. Nuevamente, no parece que la Constitución actual cumpla la idea del columnista, más bien todo lo contrario. La actual Constitución, está hecha para que sólo se implemente en nuestro país un tipo concreto de políticas públicas –neoliberales- y, por lo tanto, si las mayorías pretenden ejercer el principio democrático, los defensores de la Constitución ideológica (como el columnista) dirán que el proyecto que se presenta es contrario a las bases constitucionales.
Sobre la estrategia política desplegada por la derecha para argumentar la inconstitucionalidad del proyecto de reforma tributaria, debo decir que ella deja en evidencia la necesidad que tenemos como país de dotarnos de una nueva Constitución. Si la estrategia de la derecha es efectiva y sus argumentos logran que el Tribunal Constitucional declare, el día de mañana, que el proyecto de reforma tributaria es inconstitucional, demostrará (una vez más) la necesidad que existe en Chile de un cambio total de la Constitución. Pero bueno, mejor será, que las mayorías ejerzan el principio democrático y se comience el reemplazo de la actual Constitución, mediante un procedimiento participativo, democrático, inclusivo y deliberativo, lo que se conoce en el derecho comparado como Asamblea Constituyente.

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