miércoles, 23 de mayo de 2007

Acusaciones Falsas!!!

Decidí comenzar este espacio debido a una serie de injurias y calumnias que se han vertido en mi contra, y porque un par de personas que estimo me ha pedido mi opinión frente a las acusaciones que se han formulado vía internet.. Sin embargo, espero que a la larga, este blog sirva para difundir y entregar mi opinión sobre otros temas, más interesantes y diversos. Por el momento, en este blog se podrá encontrar toda la información de la que dispongo en relación a la acusación de la que fui objeto, y que ha dañado profundamente mi honra y prestigio personal y profesional.

El día 24 de diciembre del año 2006, me enteré de una publicación en Internet, en la que se hacían una serie de acusaciones en mi contra. Con el ánimo de que fuera la justicia quien aclarara todos lo hechos, me acerqué a la fiscalía para entregar todos los antecedentes que poseía y que avalaban mi defensa.

A principios de Enero, me entrevisté con la fiscal que siguió el caso, doña Giovanna Herrera, quién me señaló que existía una querella en mi contra por los delitos de apropiación indebida, estafa y prevaricación, interpuesta por tres dirigentes sindicales de la empresa Siglo Verde Ltda. –dedicada a la manutención de áreas verdes- , a quienes junto a diez y siete trabajadores más, representé judicial y extrajudicialmente en las negociaciones derivadas del despido de estos trabajadores de la empresa.

Inmediatamente, le manifesté a la fiscal que todas las acusaciones eran falsas absolutamente. Nunca me apropié de sus dineros. En el mes de agosto del 2005 recibí poder amplio de representación de estos trabajadores. A diciembre del 2005, producto de la estrategia judicial implementada, logré que la empresa desembolsara para el grupo completo de trabajadores la cantidad de siete millones y fracción de pesos, como suma alzada, única y total.

Del proceso de despido de más de mil trabajadores de las áreas verdes de Maipú, este grupo fue el único que recibió dineros. Lo anterior, producto de la organización de los trabajadores y las gestiones jurídicas realizadas. En el mismo mes pagué a los trabajadores sus dineros en la forma que ellos me señalaron, con la aprobación y en presencia de todos los trabajadores en las asambleas que se hicieron, tanto al momento de aprobar el acuerdo como al momento de efectuar los pagos. Todos estos hechos fueron acreditados en el proceso llevado en mi contra a través de los documentos que aporté y en que constaban las firmas conformes de los trabajadores que dan cuenta del pago, copia de las cartolas de mi cuenta corriente, donde también constaban los pagos a los trabajadores los avenimientos firmados y el poder notarial que me confirieron.

Es importante mencionar que los representantes de estas tres personas que se querellaron contra mi, no hicieron nada durante toda la investigación. Es decir, no realizaron ningún tipo de gestión para comprobar los hechos en que basaron su acusación. Jamás concurrieron a las citaciones de la Sra. Fiscal, ni adjuntaron prueba alguna en mi contra.

Así, pese a la presunción de inocencia que ampara a todas las personas, ante esta querella temeraria que se presentó en mi contra, tuve que literalmente probar mi inocencia y demostrarle a la fiscal del caso que todas las acusaciones eran falsas e infundadas.

Durante el mes de abril, la fiscal presentó al 7° Juzgado de Garantía de Santiago, en el proceso RIT: 13348-2006, una solicitud de sobreseimiento definitivo. En ella se señala lo siguiente: “Se presentó querella por los delitos de apropiación indebida, estafa y prevaricación en contra del imputado Jaime Gajardo Falcón, los querellantes señalan haberle otorgado poder al imputado en su calidad de dirigentes sindicales para representarlos en el conflicto que tenían con su ex empleadora, la empresa Siglo Verde Limitada, con facultades de transigir y percibir, producto de lo cual él percibió la suma de $7.186.621.- pesos, producto de un avenimiento con la empresa, de los cuales las víctimas indican no haber recibido nada. El resultado de la investigación arroja que si bien el imputado tenía el poder señalado en la querella y percibió esta suma debido al avenimiento logrado con la empresa indicada, el dinero fue repartido a todos los trabajadores que eran parte del conflicto, tal cual fue acordado en asambleas quincenales que mantenía el imputado con ellos, siendo solo los querellante los que no recibieron dinero debido a que renunciaron a ello, por lo que no se presenta ni el engaño ni la apropiación necesarias para que se configuren los delitos de apropiación indebida, estafa. Por otra parte la conducta del imputado no coincide con ninguna de las conductas típicas del delito de prevaricación.”

El día 20 de abril se llevó a cabo la audiencia, donde la causa fue sobreseída definitivamente y desechadas las acusaciones que se me formularon, por cuanto según han dictaminado los tribunales no existe delito alguno.

La causa por tanto se cerró, está terminada hace más de un mes y, me imagino, con la conformidad de todas las partes, pues los abogados de los querellantes no interpusieran recurso alguno contra esa sentencia.

Sin perjuicio de lo anterior, y pese a estar acreditado que no ha existido el delito del que infundadamente se me acusó, se me ha seguido atacando vía internet con una serie de injurias y calumnias en mi contra, las que se han vertido por tres vías:

1º Un reportaje publicado en Internet que se ha reproducido en diferentes páginas, el cual fue suscrito por Arnaldo Pérez Guerra.

2º La querella que se interpuso en mi contra ha sido publicada por el abogado patrocinante y por un habilitado en derecho (los habilitados en derecho no son abogados), señores Patricio Mora Pino y Cristián Hidalgo Morales respectivamente. Es importante recalcar que de acuerdo a lo señalado en el artículo 14 del Código de Ética del colegio de abogados “El abogado no podrá dar a conocer por ningún medio de publicidad escritos o informaciones sobre un litigio subjudice, salvo para rectificar cuando la justicia o la moral lo demandan”. Saquen ustedes sus propias conclusiones.

3° Tres artículos sucesivos suscritos por Manuel Ahumada Lillo, en los cuales asume como hecho cierto, efectivo y real, que yo estafé a los trabajadores querellantes.

Nunca me apropié de los dineros de estos trabajadores, ellos fueron pagados y así quedó claramente establecido en el proceso judicial seguido al efecto. Lamentablemente las acusaciones siguen en la web y nada se ha dicho sobre la situación actual de la causa.

Estando totalmente establecido que el delito que se me imputó es falso y no existe, solo me queda seguir la vía de los tribunales para perseguir las responsabilidades por las injurias y calumnias que he sufrido. Lamentablemente, los jueces y tribunales de la república son los llamados a resolver este conflicto. Pero prefiero que sean ellos y no quienes desde la impunidad de Internet, pretenden convertirse en jueces de mi actuar profesional, con propósitos que francamente no logro comprender.


Jaime Gajardo Falcón

1 comentario:

Unknown dijo...

Urbina:
Me parece estupendo que aclararas todo. Nunca crei las acusaciones, principalmente por sus autores. Esos tipos son lo peor que la ha pasado a la "izquierda" Chilena, si es que podemos denominarlos así.
Ahora espero que te vaya bien con la querella.